Nueva Ley de Influencers en España

Analizamos los requisitos y la normativas impuestos a los creadores de contenido en redes sociales.

El mes de enero ya anunciamos en Lawwwing la posibilidad de que en un futuro muy próximo se desarrollase en España una ley de influencers, como han hecho Bélgica o Francia. Pues bien, el pasado 30 de abril llegó el momento que habíamos anticipado y hoy hemos venido a contarte los detalles más importantes.

En un contexto donde la producción y el consumo de contenido audiovisual en redes sociales ha experimentado un vertiginoso crecimiento, figuras como los/las influencers y creadores de contenido han adquirido una prominencia sin precedentes. En su nota de prensa, la Moncloa subraya que la capacidad para llegar a audiencias masivas -especialmente entre los segmentos más jóvenes-, ha llevado a una necesidad urgente de regular sus actividades para garantizar la protección de los usuarios.

Con el fin de armonizar este nuevo panorama digital y garantizar la transparencia en la promoción de productos en línea, el Gobierno ha dado un paso crucial al aprobar una regulación destinada a supervisar las actividades de los creadores de contenido en dos áreas cruciales: protección de menores y transparencia en la publicidad. El origen de esta regulación es que los "influencers" operan en un entorno altamente competitivo dentro del mercado publicitario y comparten similitudes con los proveedores de servicios de comunicación audiovisual. Por este motivo, la Unión Europea considera apropiado imponerles una serie de obligaciones comparables a las aplicadas a estos últimos.

El reglamento es el resultado de una propuesta del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública y está respaldado por el Consejo de Ministros. La norma pretende alinearse también con la Directiva (UE) 2018/1808, donde no se incluyeron a los influencers pero se dejaba a los Estados la libertad de regular internamente este figura, y así lo ha hecho España.

Cabe mencionar que el Real Decreto se ha desarrollado con una audiencia pública dirigida al sector audiovisual y a las comunidades autónomas, así como informes de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y de la Agencia Española de Protección de Datos y del Consejo de Consumidores y Usuarios.

Se trata del Real Decreto 444/2024, de 30 de abril, y hoy en Lawwwing repasamos contigo los dos aspectos más importantes que tendrán que cumplir los influencers a partir de ahora: quién puede ser considerado como influencer y cualés son las obligaciones que ello conlleva.

¿Quién puede ser considerado influencer?

Se debe ostentar la categoría de "usuarios de especial relevancia". Para obtener este estatus, se requiere cumplir con los siguientes criterios:

  • En primer lugar, los ingresos deben alcanzar o superar los 300.000 euros, provenientes exclusivamente de la actividad en los servicios de intercambio de vídeo a través de plataformas que utilicen. Esto incluye ingresos publicitarios, pagos de las plataformas, contribuciones de la audiencia, fondos públicos y cualquier otro ingreso derivado de su labor como creadores de contenido. Comparando estos requisitos con los que mencionamos en nuestro último artículo al respecto, vemos que son más exigentes que los de la Ley 13/2022, de 7 de Julio, General de Comunicación Audiovisual (LGCA).

  • En segundo lugar, la audiencia debe ser significativa. Es decir, se considerará como usuario de especial relevancia a aquel que tenga al menos 1.000.000 de seguidores en un único servicio de intercambio de vídeo a través de plataforma, o al menos 2.000.000 de seguidores en todas las plataformas en las que operen. Por último, se requiere haber publicado o compartido un mínimo de 24 vídeos en el año natural anterior, sin importar su duración.

Las obligaciones para los “influencers” seran las siguientes:

  • Queda prohibida la publicidad relacionada con productos de tabaco. Eso incluye cigarrillos electrónicos, tabaco, hierbas para fumar y empresas que los producen. Restricción de la publicidad de medicamentos.
  • Todos los medicamentos, productos sanitarios o métodos con fines supuestamente sanitarios que no cumplan con la normativa aplicable en publicidad y promoción comercial de este sector no podrán ser publicitados.

Regulación de la publicidad de bebidas alcohólicas.

Se prohíbe anunciar productos con más de 20 grados de alcohol en cualquier horario fuera de la franja horaria de 01:00 a 05:00. Se permite la publicidad de bebidas alcohólicas con menos de 20 grados entre las 20:30 y las 05:00, con ciertas restricciones adicionales, como la prohibición de dirigirse a menores, asociar el consumo de alcohol al éxito personal o social, o promover un consumo excesivo.

Regulación de la publicidad de juegos de azar.

Se prohíbe su difusión durante la programación dirigida a audiencias potencialmente infantiles y restringiéndola, en general, a la franja horaria de 01:00 a 05:00.

Protección de menores

Ahora existe la obligación de etiquetar el contenido según la edad apropiada. Inscripción en el Registro Estatal de Prestadores del Servicio de Comunicación Audiovisual, de Prestadores del Servicio de Intercambio de Vídeos a través de Plataforma y de Prestadores del Servicio de Agregación de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Este registro debe realizarse en un plazo de dos meses a partir del 2 de mayo de 2024.

Conclusión

Como vemos, las nuevas obligaciones de la figura del “influencer” no son pocas, aunque queda mucho recorrido por recorrer: el Real Decreto es más bien generalista y faltarán mayores concreciones que iremos viendo con el tiempo. En todo caso, la regulación de los “influencers” ha venido para quedarse y esta normativa sólo es la primera piedra del camino. El Ministro responsable, José Luis Escrivá, ha destacado la importancia de crear un entorno digital más seguro y transparente para todos los usuarios, tarea desde la que Lawwwing estamos comprometidos… para que tú no tengas que preocuparte.

¡Hasta pronto!

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