Seguro que te ha pasado: recibes un SMS de “Correos” que te avisa de un problema urgente y te pide pinchar en un enlace. ¿Es real o un intento de estafa? Hasta ahora era difícil saberlo, porque cualquiera podía usar un alias como remitente. Desde 2026 esto cambia: los alias deberán estar en un registro oficial y los operadores bloquearán los que no cumplan. Parte de estas medidas ya está en marcha, como contamos en este artículo sobre la prohibición de llamadas comerciales desde móviles.
¿Qué es un alias y qué pasará a partir de 2026?
Un alias es el nombre que aparece como remitente en lugar de un número (“Correos”, “TuTienda”, “MiBanco”). Sirve para que identifiques rápido a la empresa u organismo que te escribe, pero también se ha convertido en el disfraz perfecto para los estafadores.
La Orden introduce un sistema de verificación con cuatro pilares:
- Inscripción obligatoria. Solo se podrán usar alias inscritos en un registro gestionado por la CNMC.
- Rutas autorizadas. Cada alias quedará vinculado a los proveedores de mensajería autorizados a enviarlo; solo lo que circule por esas rutas se entregará.
- Bloqueos obligatorios desde el 7 de junio de 2026
- Alias no inscrito → bloqueado (no se entrega)
- Alias inscrito por ruta no habilitada → bloqueado (evita que terceros “se cuelguen” de un nombre legítimo)
- Extensión al tráfico internacional. Ya se filtran los SMS que entran desde fuera usando numeración española de forma indebida; desde junio de 2026 el filtro alcanza también a los alias: si entra con alias español no registrado o por un canal no válido, se deniega (salvo que se trate de itinerancia legítima).
En otras palabras: si en tu bandeja aparece “Correos”, será porque de verdad es Correos y ha viajado por un canal autorizado.
¿A quién afecta este cambio?
- Empresas y administraciones: Si usan alias como remitente, deberán inscribirlos y asegurarse de enviarlos a través de un proveedor habilitado. Si no lo hacen, sus mensajes no llegarán.
- Usuarios: Ganarán en seguridad: el smishing perderá fuerza porque los SMS falsos con alias no pasarán el filtro.
¿Qué pasos deberás seguir si usas alias en el envío de tus SMS?
La CNMC está diseñando el registro y ha abierto una consulta pública (hasta el 30 de septiembre de 2025) para recoger aportaciones de empresas, operadores y otros actores del sector.
Lo que ya puedes hacer (2025)
- Revisar qué alias usas. Identifica los alias alfanuméricos con los que tu organización envía mensajes.
- Hablar con tu proveedor de mensajería. Comprueba que podrá figurar como autorizado para esos alias en el registro.
Lo que deberás hacer cuando el registro esté operativo (15 de mayo de 2026)
- Registrar los alias en la CNMC. Inscribirlos en el registro, acreditar la titularidad de tu marca o nombre comercial y vincularlos al proveedor que uses.
- Mantener todo actualizado. Cualquier cambio de proveedor o de denominación debe reflejarse en el registro; de lo contrario, el alias quedará bloqueado.
- No dejarlo para el último momento. Cuando el filtro empiece a funcionar, un alias sin registrar se traducirá en un SMS bloqueado.
Conclusión
El SMS sigue siendo un canal útil, pero estaba marcado por la desconfianza. Desde 2026, contará con un filtro estricto: alias no registrado, mensaje que no llega. Para las empresas, implica gestionar bien sus alias y asumir que el incumplimiento puede acarrear sanciones de hasta 2 millones de euros. Para los usuarios, una buena noticia: por fin podremos leer un SMS de “Correos” sin preguntarnos si detrás hay alguien de fiar.
Descubre cómo Lawwwing puede ayudarte hoy mismo.