

La manera en que accedemos a la información, nos comunicamos y consumimos contenidos ha sido transformada por la revolución digital. No obstante, esta misma transformación ha dado lugar a nuevos peligros: la desinformación, contenidos ilegales que se propagan rápidamente, el uso intensivo de datos personales y una falta de transparencia cada vez mayor en los sistemas automatizados que ordenan y recomiendan información.
Para dar respuesta a este escenario, el Gobierno español ha promovido el Proyecto de Ley para la mejora de la gobernanza democrática en servicios digitales y ordenación de los medios de comunicación, aprobado por el Consejo de Ministros el 29 de julio de 2025.
El propósito principal de esta norma es armonizar el marco legal español con las principales regulaciones europeas que rigen el ecosistema digital:
La supervisión del espacio digital se ha fundamentado hasta ahora en reglas dispersas y previas a la situación tecnológica actual. Este proyecto tiene como objetivo actualizar dicho marco y llevar a nivel nacional los principios de diligencia debida, transparencia y salvaguarda de los derechos del usuario que se aplican en Europa.
El proyecto modifica la Ley 34/2002, de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI), y también a la Ley 13/2022, que se llamará Ley General de Comunicación Audiovisual y Medios de Comunicación por incluir a la prensa escrita. Asimismo, se proyecta reformar la Ley 3/2013 de creación de la CNMC, con el fin de extender sus facultades en el campo digital y mediático. En este contexto, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ejercerá el rol de Coordinador de Servicios Digitales que estipula el artículo 49 del DSA, con nuevas capacidades para inspeccionar, supervisar y sancionar.
Para lograrlo, se establecerá una Dirección de Servicios Digitales dentro del organismo. Este es un departamento especializado que tiene como responsabilidad examinar el funcionamiento de las plataformas, gestionar expedientes y vigilar que se cumplan las obligaciones estipuladas en el DSA. Al mismo tiempo, la AEPD asegurará que no se emplee publicidad basada en categorías especiales de datos personales ni se recurra al perfilado de menores con fines comerciales.
Las compañías tendrán que mostrar comportamientos responsables y transparentes en su actividad online, evidenciando cuán efectivos son realmente sus sistemas de control publicitario, protección de usuarios y moderación de contenidos.
Entre las principales obligaciones destacan:
Las sanciones por no cumplir con estas obligaciones podrán llegar hasta el 6 % del volumen de negocio global, así como medidas provisionales o restricciones de servicio en las situaciones más graves.
El Anteproyecto también se centra en la organización y la financiación de los medios, mediante el establecimiento de un registro estatal para los proveedores de servicios de medios. Los medios de comunicación a nivel estatal deberán llevar este registro, que será gestionado por la CNMC.
Los operadores estarán obligados a registrarse y mantener actualizada la información acerca de sus propietarios reales, su estructura de propiedad y los ingresos que reciban de la publicidad institucional o de otros fondos públicos, incluso aquellos que provengan del extranjero.
También se habilitarán registros autonómicos coordinados con el estatal, destinados a ofrecer una visión más completa del sector en cada territorio.
Además, la CNMC asumirá el cargo de analizar las operaciones de concentración empresarial en el sector, para evaluar su efecto en el pluralismo informativo. Este control se implementará, en particular, a los grupos que superen determinados niveles de audiencia o volumen comercial, los cuales serán establecidos por vía reglamentaria.
La intención es ordenar un entorno que ha evolucionado durante años sin un marco claro. La nueva norma aspira a que la transformación digital y tecnológica se desarrolle también bajo un sistema de garantías.
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