Plataformas digitales y declaraciones a hacienda bajo la DAC7

La normativa que afectará a los usuarios de plataformas como Vinted y Wallapop en su obligación de declarar

PLATAFORMAS DIGITALES Y DECLARACIONES A HACIENDA BAJO LA DAC7

El pasado 31 de enero de 2024 el Gobierno aprobó un Real Decreto para transponer la Directiva europea que modifica la DAC 7 de 2011, una normativa relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad entre los países de la Unión. Pero, y ¿por qué esta nueva norma es importante para las plataformas digitales?

El Real Decreto desarrolla las normas y procedimientos relativos a la obligación de información y de diligencia debida a los operadores de plataformas digitales.

¡Atención! Esta normativa aplica a plataformas digitales que facilitan actividades “pertinentes”, como la venta de bienes, prestación de servicios o actividades de crowdfunding. Hablamos por lo tanto de plataformas como Wallapop, Vinted o Airbnb. Quedan excluidos los vendedores que realicen más de 30 operaciones anuales de ventas de bienes con un importe superior a 2.000 euros. En cuanto a los alquileres (como Airbnb), tanto las reservas de corta instancia como larga estancia estarán sujetas a los requisitos de notificación.

El objetivo es proporcionar información de los vendedores a la Administración Tributaria, para que sea verificada por los operadores de plataformas registrados en España. Estos tendrán la obligación, si corresponde, de declarar a Hacienda. Están obligados a comunicar una información determinada los vendedores que utilicen este tipo de plataformas, en la medida que estas permiten a los vendedores ponerse en contacto con otros usuarios para llevar a cabo una actividad pertinente.

Además, el decreto hace referencia a un intercambio de información con el resto de los Estados miembros de la Unión Europea, remitiéndose al Estado miembro o jurisdicción en que el «vendedor sujeto a comunicación de información» sea residente.

¿Qué se debe informar?

De acuerdo con el real decreto, es un deber de las plataformas informar respecto de las denominadas “actividades pertinentes”:

  • Venta de bienes EXCEPTO vendedores que durante el año no hayan alcanzado treinta operaciones y no hayan superado los 2.000 €.
  • Bienes inmuebles: ahora la obligación de información se extiende a la identificación y localización del inmueble (eso incluye la referencia catastral) - ¡además de la ya prevista obligación de información sobre los importes de las transacciones y la identificación de los vendedores!
  • Todo tipo de inmuebles (residencial, comercial…¡plazas de párking también!) excepto, de nuevo, aquellos vendedores que hayan superado más de 2-000 “actividades pertinentes” con respecto a un bien inmueble.

Exenciones generales

Además de las exenciones concretas que hemos comentado, se exceptúan también de la obligación de información sobre aquellos vendedores que sean entidades estatales, esto es de carácter público, y aquellos que coticen en un mercado regulado (y sus entidades vinculadas), ya que en estos casos se supone que las obligaciones de información exigidas por la normativa mercantil pueden hacer incensario la aplicación de la DAC7. Hay que señalar que estas excepciones se aplican a los vendedores, pero no a los propios operadores de plataforma. Adicionalmente se establecen una serie de excepciones en función de la naturaleza de las actividades que desarrollen las plataformas. Así se encuentran excluidas de las obligaciones de la DAC7 las plataformas que se limiten exclusivamente a procesar pagos, a ofrecer o promocionar actividades o a redirigir o transferir usuarios a una plataforma.

Conclusiones

  • La nueva regulación no persigue fiscalizar a los particulares que venden artículos personales de segunda mano, sino a los profesionales que utilicen este tipo de aplicaciones como punto de venta.
  • La forma de tributar no ha cambiado, lo que ha cambiado es el deber de información.
  • Con todo, la directiva sin duda ayudará a crear un entorno digital más transparente.

Si crees que este artículo te afecta, no olvides revisar tu situación fiscal.

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Actualizado el 9 de julio de 2024

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