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¿Qué es el Proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial?

El pasado 12 de junio de 2026, se publicó el Proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial. El Reglamento de Inteligencia Artificial es de aplicación directa en todos los Estados miembros de la Unión Europea y por lo tanto, no necesita ser transpuesto como ocurre con las […]
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24 de agosto de 2026

El pasado 12 de junio de 2026, se publicó el Proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial. El Reglamento de Inteligencia Artificial es de aplicación directa en todos los Estados miembros de la Unión Europea y por lo tanto, no necesita ser transpuesto como ocurre con las directivas. Ahora bien, el reglamento europeo no puede designar autoridades nacionales concretas ni fijar el detalle de un procedimiento sancionador dentro de cada país. Es por eso que es necesario adoptar una legislación interna que permita desarrollar estos aspectos. 

Así lo explica la propia exposición de motivos del texto: la ley busca establecer la gobernanza y la regulación del régimen sancionador aplicable en España a los sistemas de IA, la regulación de la gobernanza de los espacios controlados de pruebas para la IA, además de prever actuaciones para el buen uso de la IA en el sector público.

Pongámonos en contexto

El proyecto se inserta en una trayectoria que España lleva recorriendo desde hace años: la Carta de Derechos Digitales de 2021, los sucesivos planes España Digital, la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial (ENIA) y su actualización de 2024, o la creación de la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial (AESIA) mediante el Real Decreto 729/2023. Por lo tanto, este proyecto de ley tiene por objetivo consolidar toda esta arquitectura legal que se ha ido construyendo. 

¿Qué regula el Proyecto de Ley?

La futura ley pretende aplicarse a proveedores de sistemas de IA, responsables del despliegue, fabricantes, representantes autorizados, importadores y distribuidores. Es decir, toda la cadena de valor que interviene para que un sistema de IA llegue a usarse.

¿Quién vigilará la IA en España?

La ley distingue dos tipos de autoridades:

  1. La autoridad notificante, encargada de evaluar y supervisar a los organismos que certifican la conformidad de los sistemas de IA de alto riesgo. Se designa para esta función a la Dirección General de Inteligencia Artificial, dentro de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.
  2. Las autoridades de vigilancia del mercado, que son quienes realmente inspeccionan, exigen correcciones y, llegado el caso, sancionan. Es por eso que, según el ámbito en que nos encontremos, va a ser competente una autoridad de mercado u otra: 
    • La AESIA actúa como autoridad general por defecto para la mayoría de sistemas de IA de alto riesgo y prácticas prohibidas.
    • La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y las autoridades autonómicas de protección de datos asumen la vigilancia de sistemas biométricos y de gestión migratoria y de fronteras.
    • El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) vigila los sistemas de IA empleados en el ámbito de la Administración de Justicia.
    • El Banco de España, la CNMV y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones supervisan, cada uno en su sector, los sistemas de IA usados para evaluar solvencia, riesgos crediticios o seguros de vida y salud.

La AESIA, además, se erige como punto de contacto único ante la Comisión Europea, la Oficina de IA y el resto de Estados miembros, y como ventanilla única para que cualquier ciudadano o empresa pueda presentar una reclamación cuando sospeche que un sistema de IA incumple el Reglamento.

La ley también regula la protección de las personas informantes (whistleblowers), en línea con la Ley 2/2023, garantizando confidencialidad y protección frente a represalias para quien denuncie un incumplimiento.

Los sandboxes

Esta normativa también pretende regular los espacios controlados de pruebas para la IA (sandboxes). Estos espacios son entornos supervisados donde empresas e instituciones pueden probar sistemas de IA antes de lanzarlos al mercado, con acompañamiento jurídico y técnico de la autoridad competente.

La AESIA está obligada a crear el espacio de pruebas de referencia a nivel nacional, pero otras autoridades competentes también pueden habilitar espacios adicionales. El objetivo de los sandboxes es fomentar la innovación sin que suponga renunciar a la supervisión, sobre todo en ámbitos sensibles.

Las consecuencias del incumplimiento: infracciones y sanciones

Las infracciones se clasifican en tres niveles siguiendo el esquema marcado por el RIA:

  • Muy graves: prácticas de IA prohibidas (sistemas de puntuación social o manipulación subliminal) y la falta de notificación de incidentes graves.
  • Graves: incumplimientos de los requisitos técnicos, de seguridad o de registro exigidos a los sistemas de alto riesgo, así como el suministro de información engañosa a las autoridades.
  • Leves: incumplimientos formales y de fácil subsanación, como aportar información incompleta ante un requerimiento.
Tipo de infracciónMulta máxima
Muy grave (prácticas prohibidas)35.000.000 € o 7% de la facturación mundial
Muy grave (otros supuestos)15.000.000 € o 3% de la facturación mundial
Grave7.500.000 € o 1% de la facturación mundial
Leve500.000 € o 0,5% de la facturación mundial

Siguiendo con lo que se establece en el Reglamento, se aplicará la cuantía que resulte superior entre el importe fijo y el porcentaje. Sin embargo, como medida de proporcionalidad, si la empresa es una pyme o una startup se aplicará el importe menor de los dos.

Más allá de las multas, la ley contempla medidas accesorias como la retirada del producto, la desconexión del sistema y la prohibición de uso cuando un sistema suponga un riesgo inaceptable, y multas coercitivas para forzar el cumplimiento de resoluciones firmes.

Conviene recordar que se trata de un proyecto de ley y todavía debe superar diversos trámites antes de convertirse en ley y publicarse en el BOE. Además, al calificarse determinados preceptos como materia de ley orgánica, su aprobación exigirá mayoría absoluta en el Congreso.

Conclusión

Este proyecto de ley no crea un nuevo catálogo de derechos y obligaciones sobre la IA, pero es la pieza imprescindible para que ese marco tenga aterrizaje real en España: define quién vigila, quién sanciona, cómo se coordinan las distintas autoridades sectoriales y qué consecuencias tiene incumplir. Para empresas que desarrollan o usan sistemas de IA, y para las propias Administraciones públicas, es una lectura obligada: marca el mapa institucional con el que van a tener que relacionarse a partir de su entrada en vigor.

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Todo esto afecta directamente a cualquier página web de ecommerce. Ya son muchos los ecommerce que cuentan con un chatbot, un asistente de compra, un motor de recomendación de productos, una herramienta de creación de imágenes de producto. Es por eso que, todos estos sistemas de IA están sujetos al RIA pero también lo estarán a la futura ley orgánica que se apruebe. 

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